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Enésimo varapalo a Abogados Cristianos: la Justicia determina que el Ayuntamiento de Cádiz “podrá lucir la bandera LGBTIQA+ en su fachada”

Tres años después del nuevo recurso presentado por extremistas católicos ante el izado de la arcoíris en el Consistorio gaditano, el Contencioso-Administrativo ha declarado la inadmisibilidad del mismo, y les ha condenado a pagar las costas.

Redacción Firmado por Redacción
13 de noviembre de 2023
/tiempo de lectura: 3 minutos/
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El izado de la bandera, por primera vez, en 2015 / FOTO: Eulogio García

El izado de la bandera, por primera vez, en 2015 / FOTO: Eulogio García

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La Justicia vuelve a poner un poco de cordura ante la cruzada de los ultracatólicos por el izado de la bandera arcoíris en la fachada del Ayuntamiento de Cádiz.

En junio de 2020, el Consistorio se vio obligado retirar este símbolo colocado en el cuarto mástil con motivo de la Semana del Orgullo (y donde se venía izando sin que nadie se molestara cada año desde 2015), ante la denuncia de la asociación Abogados Cristianos, y la acción del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz admitiendo las medidas cautelarísimas solicitadas por estos extremistas católicos, guardianes de su moral, para quienes “los mandatarios públicos están al servicio de todos los ciudadanos y no se puede permitir que utilicen los organismos públicos como sus chiringuitos particulares para hacer apología de una ideología”.

Meses después, el Juzgado de Instrucción número 2 archivaba la denuncia interpuesta por dicha asociación homófoba contra el entonces alcalde José María González ‘Kichi’, y poco después, era la Audiencia Provincial la que ratificaba este archivo ante el pertinente recurso.

Sin embargo, pese a estos precedentes, con motivo de la Semana del Orgullo de 2021, Abogados Cristiano volvía a presentar un idéntico recurso contra el Consistorio. Eso sí, entonces, el Contencioso-Administrativo número 4 rechazaba las medidas cautelarísimas, y la demanda se tramitaba como procedimiento ordinario, manteniendo el Ayuntamiento izada la bandera LGTBIQ+.

 

Y ahora, según difunden desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (Apdha), dicho Juzgado ha declarado la inadmisibilidad del recurso presentado por la organización ultracatólica y además les ha condenado a pagar las costas procesales.

“HABLAMOS DE UNA BANDERA QUE PROMUEVE LA VISIBILIDAD DE LA IGUALDAD POR RAZÓN DE ORIENTACIÓN SEXUAL, UN DEBER DE LAS INSTITUCIONES”

“Estamos hablando de una bandera que promueve la visibilidad de la igualdad por razón de orientación sexual, un deber de las instituciones que recoge la Constitución por lo que en ningún momento fue un acto ilegal y así se ha ratificado de nuevo”, subrayan desde la Apdha en el comunicado remitido a DIARIO Bahía de Cádiz, que ante la denuncia de estos Abogados Cristianos (la misma entidad que en pleno siglo XXI, por ejemplo, sentó al actor Willy Toledo en el banquillo “por cagarse en dios”: quedó absuelto) anunció que se personaría en el caso por entender que “era un golpe a la igualdad y a la visibilidad de todo un colectivo”.

La Audiencia Provincial en su fallo de 2021 al respecto dejaba claro que: “la ‘bandera’ que se denuncia no es una bandera que represente a determinado colectivo excluyente, como sí lo sería la de un partido o de una ideología, sino una tendencia sexual que se da en todos los ámbitos políticos, ideológicos, sociales, raciales, etcétera, con lo cual no existe una vulneración del derecho de nadie, ni una merma de la objetividad política de la institución que enarbola la bandera. De otro modo llegaríamos al absurdo de considerar delictivo, por ejemplo, el colocar en los ayuntamientos otros signos de apoyo a ciertos colectivos, como los lazos de apoyo a enfermos de cáncer o de apoyo a las víctimas del terrorismo”.

Tags: ApdhaCádizLGTBI
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