El Ayuntamiento de Jerez, acogiéndose al Real Decreto-ley 5/2026 aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez, concederá la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2026 a al menos 1.473 fincas urbanas de la zona rural que resultaron afectadas por los desalojos decretados el pasado invierno con ocasión de los sucesivos temporales y las inundaciones sufridas.
La propia alcaldesa María José García-Pelayo ha trasladado esta medida durante una reunión mantenida con los alcaldes de las Entidades Locales Autónomas (ELAs). En total, al Ayuntamiento matriz dejaría de ingresar en global poco más de 176.000 euros, sin embargo ese importe se va a solicitar al Gobierno de España para que sea compensado, “tal y como contempla la normativa estatal vigente”.
Asimismo, se ha optado por tramitar estas “ayudas” de oficio para agilizar al máximo su aplicación y evitar cargas administrativas innecesarias a las familias o empresas beneficiarias.
La medida afecta al conjunto del recibo anual del IBI. Ya se están preparando las resoluciones, que se notificarán individualmente a cada familia beneficiaria, con el objetivo de hacerlo antes de que finalice el plazo de pago voluntario. Y en aquellos casos en los que el contribuyente hubiera abonado ya alguno de los recibos correspondientes al ejercicio 2026, el Ayuntamiento procederá a la devolución de las cantidades ingresadas.
¿CUÁLES SON LOS INMUEBLES AFECTADOS?
Para determinar a las personas a las que se les anularán los recibos (sólo de este año), se ha trabajado haciendo uso de la información oficial relativa a las zonas evacuadas durante la emergencia.
Este trabajo ha permitido identificar 1.473 inmuebles urbanos susceptibles de acogerse a la exención fiscal, “una cifra que nos recuerda la magnitud de la incidencia que tuvieron las inundaciones en distintos puntos del municipio”, remarca la primera edil del PP en la nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz.
No obstante, el Consistorio mantiene abierta la posibilidad de analizar situaciones particulares que pudieran no haber quedado inicialmente recogidas en la relación elaborada. En este sentido, “aquellas personas que consideren que sus inmuebles han sufrido daños como consecuencia directa de las inundaciones y que pudieran reunir los requisitos establecidos en la normativa podrán presentar la correspondiente solicitud para su estudio individualizado”, ha anotado García-Pelayo.
Una vez formalizadas las exenciones de pago del recibo de IBI, la administración local iniciará un segundo procedimiento administrativo dirigido a solicitar al Estado la compensación económica prevista en el propio Real Decreto-Ley.
Junto a la exención del IBI urbano para los inmuebles afectados por los desalojos, la normativa impulsada desde el Gobierno central de PSOE y Sumar contempla también medidas de apoyo dirigidas a las explotaciones agrarias. En este caso, la tramitación seguirá un procedimiento diferente “ya que será necesario esperar al cierre del ejercicio para poder acreditar el impacto económico sufrido”. Deberán haber sufrido una disminución de sus ingresos superior al 20% en comparación con la media de los tres últimos años.













