Número 5.634 – Año XXIII 29 de octubre de 2026

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Vuelo retrasado este verano: hasta cuándo puedes reclamar

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Durante los meses de verano se concentran gran parte de los vuelos del año, también los nacionales de quienes eligen pasar sus vacaciones de verano en España, y, con ello, numerosos retrasos debido a diversas razones. Sin embargo, muchos pasajeros creen que, si no reclaman su vuelo retrasado tan pronto como llegan del viaje o justo cuando sucede la incidencia, no será posible hacerlo en un momento posterior, y nada más lejos de la realidad.

De hecho, el plazo de reclamación es una de las dudas más frecuentes entre los pasajeros. Cada uno puede informarse y reclamar por su cuenta, aunque, si necesita ayuda, empresas especializadas como AirHelp y otras compañías del sector pueden resolver tanto esta cuestión como los requisitos para obtener una indemnización por retraso de vuelos.

A continuación te contamos qué puede reclamar un pasajero afectado por un retraso de vuelo, cuándo corresponde una indemnización y hasta cuándo es posible presentar la reclamación aérea en cuestión.

Reclamar un vuelo retrasado del verano: lo esencial

- Plazo en España: por lo general, cinco años, así que todavía se pueden reclamar los retrasos de este verano y de los anteriores.

- Indemnización: de 250 a 600 euros con un retraso de al menos tres horas en la llegada, si la causa depende de la aerolínea.

- Sin indemnización: si la aerolínea demuestra circunstancias extraordinarias, como el mal tiempo o una huelga de controladores aéreos.

- Otros derechos: asistencia a partir de dos horas de retraso y reembolso del billete si el retraso llega a cinco horas.

- Qué hace falta: número de reserva o de billete, datos del vuelo y datos personales de los pasajeros.

- Cambio en 2027: con el Reglamento (UE) 2026/2202, a partir del 23 de octubre de 2027 el plazo para pedir la compensación será de nueve meses desde la fecha del vuelo.

Qué derechos tienen los pasajeros ante un vuelo retrasado

En la Unión Europea, gracias al Reglamento (CE) 261/2004, un vuelo retrasado puede generar diversos derechos en los pasajeros afectados:

- El derecho a la información sobre la causa de la incidencia y las posibilidades para los pasajeros.

- El derecho a recibir un reembolso del billete si el retraso llega a las cinco horas y el pasajero decide no viajar.

- El derecho de asistencia, por el que la aerolínea debe hacerse cargo de los gastos en alimentación y, si es necesario pasar la noche, alojamiento y traslado.

- El derecho a indemnización por vuelo retrasado.

Para todos ellos, es necesario que se cumplan algunos requisitos establecidos tanto en la ley como en la extensa jurisprudencia al respecto.

Cuándo da derecho un vuelo retrasado a indemnización y cuánto se puede reclamar

El derecho que más depende de requisitos concretos es el de la indemnización por vuelo retrasado. Para que los pasajeros puedan recibir la compensación económica correspondiente, según la normativa europea, debe darse lo siguiente:

- El retraso en la llegada al destino debe ser de al menos tres horas.

- El retraso tiene que deberse a una causa que dependa de la compañía aérea.

La confluencia de estas dos situaciones permite que los pasajeros puedan ser indemnizados por el retraso de su vuelo. De hecho, la propia ley europea es la que establece los importes que se pueden reclamar:

- 250 € en todos los vuelos de 1.500 km o menos.

- 300 € en los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso de entre tres y cuatro horas.

- 400 € en los vuelos dentro de la UE de más de 1500 km y los no comunitarios de entre 1.500 y 3.500 km.

- 600 € en los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso superior a las cuatro horas.

Eso sí, en los vuelos que despegan fuera de la Unión Europea, la normativa solo se aplica si la aerolínea es europea, un detalle importante en los viajes de larga distancia, como ya explicamos en nuestros consejos para viajar a Corea del Sur.

Qué ocurre si la aerolínea alega circunstancias extraordinarias

Las circunstancias extraordinarias son aquellas causas que no dependen de la aerolínea y que, por lo tanto, la eximen de tener que indemnizar a los pasajeros ante el gran retraso de un vuelo.

Las más conocidas son las siguientes:

- Las condiciones meteorológicas adversas.

- Las huelgas de personal ajeno a la aerolínea, como la reciente huelga del control aéreo en el aeropuerto belga de Charleroi.

- Los riesgos para la seguridad y otras emergencias, como las alertas de seguridad o las emergencias médicas a bordo.

En cambio, los fallos técnicos habituales del avión o las huelgas del personal de la propia compañía no suelen considerarse circunstancias extraordinarias.

En caso de que la aerolínea alegue circunstancias extraordinarias, la reclamación de la indemnización por retraso de vuelo no será posible, a no ser que los pasajeros afectados recurran a la ayuda profesional legal para reclamar por la vía judicial si no están de acuerdo con lo que alega la compañía aérea.

Hasta cuándo se puede reclamar un vuelo retrasado: el plazo en España

Además, como decíamos, el plazo de reclamación también puede generar dudas. Esto se debe a que la ley europea no establece un plazo fijo para todos los países en los que se aplica, sino que cada jurisdicción aplica sus propios plazos según su ley interna.

Esto hace que en cada país se pueda reclamar durante un plazo de tiempo diferente. Además, el plazo no depende de la nacionalidad del pasajero, sino del país en el que se presente la reclamación judicial, que puede ser el del aeropuerto de salida, el de llegada o el del domicilio de la aerolínea.

Por ejemplo, en España, el plazo de reclamación es, por lo general, de cinco años. Por lo tanto, no solo es todavía posible reclamar los vuelos retrasados de este último verano, sino también de los anteriores. Eso sí, para ello, los afectados deberán haber conservado la documentación necesaria para llevar a cabo la operación, pues es necesario indicar lo siguiente:

- El número de reserva o de billete.

- Los datos relativos al aeropuerto de origen y destino, así como las fechas del vuelo.

- Los datos personales de los pasajeros afectados (nombre y apellidos, DNI y número de teléfono o correo electrónico ofrecido a la aerolínea para hacer la reserva).

Conviene, en cualquier caso, no dejarlo para más adelante: a partir del 23 de octubre de 2027, con la aplicación del nuevo Reglamento (UE) 2026/2202, el plazo para pedir la compensación pasará a ser de nueve meses desde la fecha del vuelo, y la aerolínea tendrá 30 días para pagar o justificar su rechazo.

Así las cosas, si los vuelos cumplen con los requisitos establecidos en la Unión Europea, todavía es posible reclamarlos y recibir las compensaciones que corresponden según lo indicado en el reglamento.

Durante los meses de verano se concentran gran parte de los vuelos del año, también los nacionales de quienes eligen pasar sus vacaciones de verano en España, y, con ello, numerosos retrasos debido a diversas razones. Sin embargo, muchos pasajeros creen que, si no reclaman su vuelo retrasado tan pronto como llegan del viaje o justo cuando sucede la incidencia, no será posible hacerlo en un momento posterior, y nada más lejos de la realidad.

De hecho, el plazo de reclamación es una de las dudas más frecuentes entre los pasajeros. Cada uno puede informarse y reclamar por su cuenta, aunque, si necesita ayuda, empresas especializadas como AirHelp y otras compañías del sector pueden resolver tanto esta cuestión como los requisitos para obtener una indemnización por retraso de vuelos.

A continuación te contamos qué puede reclamar un pasajero afectado por un retraso de vuelo, cuándo corresponde una indemnización y hasta cuándo es posible presentar la reclamación aérea en cuestión.

Reclamar un vuelo retrasado del verano: lo esencial

- Plazo en España: por lo general, cinco años, así que todavía se pueden reclamar los retrasos de este verano y de los anteriores.

- Indemnización: de 250 a 600 euros con un retraso de al menos tres horas en la llegada, si la causa depende de la aerolínea.

- Sin indemnización: si la aerolínea demuestra circunstancias extraordinarias, como el mal tiempo o una huelga de controladores aéreos.

- Otros derechos: asistencia a partir de dos horas de retraso y reembolso del billete si el retraso llega a cinco horas.

- Qué hace falta: número de reserva o de billete, datos del vuelo y datos personales de los pasajeros.

- Cambio en 2027: con el Reglamento (UE) 2026/2202, a partir del 23 de octubre de 2027 el plazo para pedir la compensación será de nueve meses desde la fecha del vuelo.

Qué derechos tienen los pasajeros ante un vuelo retrasado

En la Unión Europea, gracias al Reglamento (CE) 261/2004, un vuelo retrasado puede generar diversos derechos en los pasajeros afectados:

- El derecho a la información sobre la causa de la incidencia y las posibilidades para los pasajeros.

- El derecho a recibir un reembolso del billete si el retraso llega a las cinco horas y el pasajero decide no viajar.

- El derecho de asistencia, por el que la aerolínea debe hacerse cargo de los gastos en alimentación y, si es necesario pasar la noche, alojamiento y traslado.

- El derecho a indemnización por vuelo retrasado.

Para todos ellos, es necesario que se cumplan algunos requisitos establecidos tanto en la ley como en la extensa jurisprudencia al respecto.

Cuándo da derecho un vuelo retrasado a indemnización y cuánto se puede reclamar

El derecho que más depende de requisitos concretos es el de la indemnización por vuelo retrasado. Para que los pasajeros puedan recibir la compensación económica correspondiente, según la normativa europea, debe darse lo siguiente:

- El retraso en la llegada al destino debe ser de al menos tres horas.

- El retraso tiene que deberse a una causa que dependa de la compañía aérea.

La confluencia de estas dos situaciones permite que los pasajeros puedan ser indemnizados por el retraso de su vuelo. De hecho, la propia ley europea es la que establece los importes que se pueden reclamar:

- 250 € en todos los vuelos de 1.500 km o menos.

- 300 € en los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso de entre tres y cuatro horas.

- 400 € en los vuelos dentro de la UE de más de 1500 km y los no comunitarios de entre 1.500 y 3.500 km.

- 600 € en los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso superior a las cuatro horas.

Eso sí, en los vuelos que despegan fuera de la Unión Europea, la normativa solo se aplica si la aerolínea es europea, un detalle importante en los viajes de larga distancia, como ya explicamos en nuestros consejos para viajar a Corea del Sur.

Qué ocurre si la aerolínea alega circunstancias extraordinarias

Las circunstancias extraordinarias son aquellas causas que no dependen de la aerolínea y que, por lo tanto, la eximen de tener que indemnizar a los pasajeros ante el gran retraso de un vuelo.

Las más conocidas son las siguientes:

- Las condiciones meteorológicas adversas.

- Las huelgas de personal ajeno a la aerolínea, como la reciente huelga del control aéreo en el aeropuerto belga de Charleroi.

- Los riesgos para la seguridad y otras emergencias, como las alertas de seguridad o las emergencias médicas a bordo.

En cambio, los fallos técnicos habituales del avión o las huelgas del personal de la propia compañía no suelen considerarse circunstancias extraordinarias.

En caso de que la aerolínea alegue circunstancias extraordinarias, la reclamación de la indemnización por retraso de vuelo no será posible, a no ser que los pasajeros afectados recurran a la ayuda profesional legal para reclamar por la vía judicial si no están de acuerdo con lo que alega la compañía aérea.

Hasta cuándo se puede reclamar un vuelo retrasado: el plazo en España

Además, como decíamos, el plazo de reclamación también puede generar dudas. Esto se debe a que la ley europea no establece un plazo fijo para todos los países en los que se aplica, sino que cada jurisdicción aplica sus propios plazos según su ley interna.

Esto hace que en cada país se pueda reclamar durante un plazo de tiempo diferente. Además, el plazo no depende de la nacionalidad del pasajero, sino del país en el que se presente la reclamación judicial, que puede ser el del aeropuerto de salida, el de llegada o el del domicilio de la aerolínea.

Por ejemplo, en España, el plazo de reclamación es, por lo general, de cinco años. Por lo tanto, no solo es todavía posible reclamar los vuelos retrasados de este último verano, sino también de los anteriores. Eso sí, para ello, los afectados deberán haber conservado la documentación necesaria para llevar a cabo la operación, pues es necesario indicar lo siguiente:

- El número de reserva o de billete.

- Los datos relativos al aeropuerto de origen y destino, así como las fechas del vuelo.

- Los datos personales de los pasajeros afectados (nombre y apellidos, DNI y número de teléfono o correo electrónico ofrecido a la aerolínea para hacer la reserva).

Conviene, en cualquier caso, no dejarlo para más adelante: a partir del 23 de octubre de 2027, con la aplicación del nuevo Reglamento (UE) 2026/2202, el plazo para pedir la compensación pasará a ser de nueve meses desde la fecha del vuelo, y la aerolínea tendrá 30 días para pagar o justificar su rechazo.

Así las cosas, si los vuelos cumplen con los requisitos establecidos en la Unión Europea, todavía es posible reclamarlos y recibir las compensaciones que corresponden según lo indicado en el reglamento.

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