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home 2017

“En ningún caso” hubo “injerencias políticas” de las populares Colombo y Sánchez en la adjudicación de viviendas de Matadero

Redacción Firmado por Redacción
7 de junio de 2017
/tiempo de lectura: 4 minutos/
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La Audiencia Provincial insiste en que no hubo prevaricación en la adjudicación de viviendas de Matadero, en la capital gaditana, desestimando el recurso presentado por IU al archivo de este conocido como ‘caso Matadero’, que investigaba si trabajadoras sociales recibieron presiones de concejalas del PP –entonces en el Gobierno local- para cambiar el criterio objetivo en la entrega de casas a familias vulnerables. Además, este tribunal regaña a los izquierdistas, apreciando “una pretensión de poner el proceso penal al servicio de fines distintos a aquellos que justifican su existencia”.

La Audiencia Provincial de Cádiz insiste en que no hubo prevaricación en la adjudicación de viviendas de Matadero, en la capital gaditana, desestimando el recurso presentado por IU al archivo de este conocido como ‘caso Matadero’; el mismo consideraba que trabajadoras sociales del Ayuntamiento recibieron presiones de concejalas del PP –entonces en el Gobierno local- para cambiar el criterio objetivo en las adjudicaciones de estas casas públicas.

De este modo, la Audiencia resuelve que “no se aprecia conducta imputable a Carmen Sánchez y Mercedes Colombo –concejalas populares entonces- que resulte incardinable en el delito de prevaricación en su actuación en el proceso de adjudicación de viviendas”. En su auto anota que ambas “tienen una intervención muy limitada que se reduce a pedir que se hagan nuevas valoraciones de determinados usuarios, ningún Trabajador Social declara haber recibido instrucciones de que esas nuevas valoraciones se realizaran en un concreto sentido y la razón de pedir esos nuevas valoraciones se funda en que se entiende que los informes no están actualizados”.

Según se señala en el auto, se constata que, de las 102 viviendas que integraban la primera fase de la promoción de Matadero “hubo un número final de 34 usuarios adjudicatarios por exclusión social, de los cuales, 23 adjudicaciones lo fueron a unidades familiares en riesgos de exclusión social y 11 adjudicaciones a unidades familiares incluidas en programas de ayudas sociales, por encontrarse en riesgo de exclusión social”.

 

En cuanto a los criterios y los baremos que debían utilizarse para la valoración en los informes, los magistrados mantienen que “no existe diligencia alguna que permita deducir que los mismos fueron impuestos por las concejalas Colombo o Sánchez. Contrariamente, lo que se desprende es, que éstos criterios, que fueron cambiándose hasta finalmente establecer unos baremos, fueron elaborados por un grupo de trabajo creado a tal efecto por el departamento de Asuntos Sociales”.

Según se ha trasladado a DIARIO Bahía de Cádiz desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el auto de la Audiencia Provincial fechado el 15 de mayo, también se concluye que “era una conducta normalizada y habitual que los políticos recibieran directamente a los ciudadanos para conocer su problemática y atenderlos personalmente así como que se interesaran por sus expedientes o pidieran a los técnicos que realizaran valoraciones para la gestión de ayudas, conducta que dista mucho de una prevaricación cuando todas las declaraciones son coincidentes en un extremo esencial: en ningún caso y en ningún momento, ni Mercedes Colombo ni Carmen Sánchez impusieron ni indicaron el sentido en que los técnicos debían emitir algún informe, quedando siempre éste a criterio de los técnicos” .

“NO SE APRECIA ESE INJUSTIFICADO EJERCICIO DE ABUSO DE PODER”

En este sentido, los magistrados indican que “no se atisba indicio alguno de una actuación imputable” a estas concejalas de la derecha “contraria a derecho que haya ocasionado un resultado materialmente injusto. No se aprecia ese injustificado ejercicio de abuso de poder exigido jurisprudencialmente, injusto y arbitrario, no yendo más allá de un interés normal por las situaciones de familias respecto de las que se limitaron a pedir valoraciones actualizadas sin interferir en los criterios técnicos”.

Además, para el Tribunal, el recurso de IU ahora desestimado “ha sido formulado con una evidente temeridad, sin reflejo en las diligencias de investigación practicadas en sede judicial, omitiendo y obviando partes del mismo testimonio”. “Al menos en apariencia, lo que se observa es una pretensión de poner el proceso penal al servicio de fines distintos a aquellos que justifican su existencia”, se deja caer desde la Audiencia Provincial.

Las sospechas del caso Matadero comenzaron en septiembre de 2013, aunque no fue hasta mayo de 2014 cuando la Fiscalía alertó de que en el mecanismo de adjudicación de esta promoción de VPO pudieron existir injerencias políticas.

Los entonces alcaldesa y delegado territorial de Fomento y Vivienda de la Junta, Teófila Martínez y Manuel Cárdenas, respectivamente, entregaron a mediados de octubre de 2013 las llaves a las familias beneficiarias de estas 102 viviendas de realojo de la primera fase de Matadero, construidas por la administración regional en un suelo que cedió gratis el Ayuntamiento para viviendas con carácter social. Mientras, todavía queda pendiente la segunda fase de Matadero, que contempla la construcción de 60 viviendas en régimen de alquiler. La Junta se comprometía meses atrás a reactivar el proyecto y comenzar las obras en 2018.


(puedes comentar esta información más abajo)

Tags: CádizJusticiavivienda
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