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home Opinión Tribuna libre

Tras el apagón en la Península: ¿qué puede reclamar la ciudadanía?

ARTÍCULO DE: Domingo Villero (Doctor en Ingeniería Forense rama industrial y decano de CogitiCádiz)

· Firmado por ·
30 de abril de 2025
/tiempo de lectura: 3 minutos/
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El reciente apagón en la Península puede tener consecuencias económicas importantes para muchos hogares y empresas. Aquellos afectados que cuenten con coberturas adecuadas en sus pólizas tienen opciones reales de reclamar y ser indemnizados, pero deberán actuar con diligencia, aportar pruebas sólidas y seguir el procedimiento adecuado para tener éxito en su reclamación.

¿Existe algún tipo de indemnización o cobertura para los afectados por el apagón de este lunes?

Sí. Existe la posibilidad de recibir una indemnización, aunque depende de la cobertura que cada afectado tenga contratada en su póliza de seguro. Muchas pólizas multirriesgo, tanto de hogar como de comercio o industria, incluyen garantías frente a daños eléctricos, deterioro de mercancías refrigeradas o incluso pérdidas económicas derivadas de la paralización de la actividad.

Si estas garantías están expresamente recogidas en la póliza, el afectado podría reclamar la reparación de los daños sufridos o recibir una compensación económica. Eso sí, es fundamental que el daño sea directo y esté bien documentado.

 

¿Qué daños concretos se pueden reclamar, y cuáles quedarían fuera de cualquier compensación?

En primer lugar, se pueden reclamar los daños sufridos en aparatos eléctricos y electrónicos, como electrodomésticos, sistemas informáticos o equipos de climatización, siempre que hayan sido dañados como consecuencia directa del apagón o de las alteraciones de tensión posteriores. También es reclamable el deterioro de alimentos o medicamentos que se hayan estropeado por falta de refrigeración, y, en algunos casos, los daños materiales que puedan haberse producido en el inmueble, como incendios o chispazos derivados del fallo eléctrico.

En cambio, no se puede reclamar simplemente por haber sufrido un corte de luz sin daños materiales asociados. Tampoco se indemnizan aquellos perjuicios que no guarden relación directa con el apagón, como incomodidades personales o pérdidas no cuantificables, ni los daños que provengan de un mal mantenimiento previo de los equipos.

no se puede reclamar simplemente por haber sufrido un corte de luz sin daños materiales asociados. Tampoco se indemnizan aquellos perjuicios que no guarden relación directa con el apagón

Desde el punto de vista técnico, ¿cuáles son los daños más comunes que se producen tras un apagón de esta magnitud?

Los daños más habituales son los que afectan a equipos eléctricos: hablamos de frigoríficos, routers, televisores, ordenadores o calderas que han quedado inutilizados tras sufrir subidas o bajadas bruscas de tensión. También es frecuente el deterioro de productos perecederos, especialmente alimentos y medicamentos que requieren una conservación en frío constante. Además, en algunos casos más graves, pueden producirse cortocircuitos o incendios en instalaciones eléctricas domésticas o comerciales.

Y no hay que olvidar el impacto económico en negocios que, debido al corte de suministro, han tenido que cesar su actividad durante horas, sufriendo pérdidas directas.

¿Qué pasos debe seguir una persona que haya sufrido daños para poder reclamar correctamente?

Lo primero que debe hacer el afectado es documentar exhaustivamente los daños: fotografías, vídeos, facturas de compra de los bienes afectados y, en el caso de los alimentos, conservar pruebas del deterioro. Es importante no manipular ni desechar los objetos dañados antes de que sean evaluados. A continuación, debe comunicar cuanto antes el siniestro a su compañía aseguradora, aportando todos los detalles del apagón y la relación de daños sufridos.

Una vez abierta la reclamación, la aseguradora enviará un perito para valorar los daños. Es fundamental colaborar en este proceso y entregar toda la documentación disponible. Si finalmente el asegurado no está conforme con la indemnización ofrecida, puede solicitar un contraperitaje independiente o recurrir al Defensor del Asegurado para tratar de resolver el conflicto.

Para ello también puede solicitar a través del turno de oficio de los Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales un profesional colegiado experto que contratar para realizar un informe pericial de parte y tener el mejor asesoramiento al respecto. DIARIO Bahía de Cádiz

ARTÍCULO DE: Domingo Villero (Doctor en Ingeniería Forense rama industrial y decano del Colegio de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Cádiz)

Tags: opinióntribuna libre
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