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Cádiz :’(

· Firmado por ·
17 de octubre de 2016
/tiempo de lectura: 4 minutos/
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Susana Suárez

Susana Suárez

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Requisitos generales y contenido de las Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado.

  1. Las Estrategias deberán responder al contenido especificado en el anexo II, incluyendo los elementos siguientes:
  2. a) La identificación inicial de los problemas o retos urbanos del área.
  3. b) Un análisis del conjunto del área urbana desde una perspectiva integrada.
  4. c) Un diagnóstico de la situación del área urbana, así como la definición de los resultados esperados y su cuantificación: valor actual y valor objetivo al final del 31 de diciembre de 2022 en base a los indicadores de resultado incluidos en el anexo III.
  5. d) La delimitación del ámbito de actuación.
  6. e) Un Plan de Implementación de la Estrategia que incluirá las líneas de actuación. Se entenderá por línea de actuación: una medida que instrumenta una política de interés público encuadrada en un objetivo específico, gestionada por una única entidad (beneficiario u organismo con senda financiera asignada) y caracterizada por unos objetivos concretos y unos procedimientos de gestión y esquemas de financiación homogéneos.
  7. f) La descripción de los mecanismos de participación ciudadana y de los agentes sociales.
  8. g) La garantía de la capacidad administrativa para su implementación.
  9. h) Referencia a los principios horizontales y objetivos transversales.
  10. La Estrategia DUSI ha de tener un carácter integrado y abordar en todo caso los cinco aspectos siguientes: económicos, ambientales, climáticos, demográficos y sociales, que favorezcan un Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado.
  11. El documento presentado no excederá de 250.000 caracteres con espacios, incluyendo en el total de los 250.000 caracteres los anexos que se consideren necesarios, traducciones, etc. Sólo se admitirán gráficos y planos explicativos además de los 250.000 caracteres. La Estrategia se podrá presentar en cualquiera de los idiomas oficiales de España, incluyendo en cualquier caso un ejemplar de toda la documentación en castellano.

Décimo. Cuantía de la subvención.

La asignación de la ayuda, a las estrategias que resulten seleccionadas, estará dentro de los límites de fondos asignados en total a la Comunidad Autónoma en que se encuentren y se hará del siguiente modo:

Para ciudades o áreas funcionales mayores de 50.000 habitantes la ayuda máxima a asignar para las operaciones a cofinanciar será de 15 millones de euros, salvo casos excepcionales, debidamente motivados.

 

Órganos competentes para convocar, instruir y resolver el procedimiento.

Será competente para elevar la propuesta de concesión a través del órgano instructor, en los términos previstos en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano colegiado, una comisión de valoración integrada por:

a) Representantes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas:
El Director General de Fondos Comunitarios, en calidad de Presidente.
Un Representante de la Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo Urbano, en calidad de vicepresidente.
Un Representante de la Subdirección General de Gestión del FEDER.
Un Representante de la Subdirección General de Programación Territorial y Evaluación de Programas Comunitarios.
Un Representante de la Subdirección General de Cooperación Local.

b) Representantes del Ministerio de Fomento:
Un Representante de la Subdirección General de Política de Suelo.

c) Representantes del Ministerio de Industria, Energía y Turismo:
Un Representante de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.
Un Representante del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía, IDAE.

d) Representantes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social:
Un Representante del Fondo Social Europeo.

e) Representantes de las CC.AA.:
Un Representante por cada Comunidad Autónoma que haya aportado financiación adicional al Eje Urbano del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible, para la valoración de las Estrategias de su Comunidad Autónoma.

f) Representantes Redes Temáticas, con voz pero sin voto:
Un Representante de la Red de Autoridades Ambientales.
Un Representante de la Red de Políticas de Igualdad.

Asimismo, esta comisión de valoración podrá invitar a representantes de la Comisión Europea, de otros ministerios o Administraciones, a expertos de reconocido prestigio en el sector, así como al resto de Redes que se consideren relevantes. Los invitados tendrán voz pero no voto.

Actuará como Secretario de la comisión de valoración con voz pero sin voto un funcionario del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

¿Mucho curro, verdad? Y por supuesto, toda esa gente de acuerdo para fastidiar al ombligo del mundo. La culpa siempre es del profe que me tiene manía, papá.

¡Dios mío, QUINCE MILLONES DE EUROS!

(¿Algún adulto que quiera echar un cable, por favor?) DIARIO Bahía de Cádiz

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Tags: opiniónSusana Suárez
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