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La Policía Local en Cádiz se pone sería ante la proliferación de patinetes eléctricos y la presencia de perros en las playas

Los animales domésticos están prohibidos en las playas todo el año, y los VMP no pueden circular por aceras, plazas o parques reservados a los peatones.

Redacción Firmado por Redacción
11 de abril de 2023
/tiempo de lectura: 4 minutos/
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Circulando por una vía peatonal del centro / FOTO: Eulogio García

Circulando por una vía peatonal del centro / FOTO: Eulogio García

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El objetivo de ambas campañas de control es “corregir conductas inadecuadas” que pueden provocar molestias a los bañistas (está prohibido bajar al perro a la playa todo el año) o que puedan poner en riesgo la seguridad del resto de usuarios de vías y aceras por parte de conductores de VMP que incumplen la normativa.

La Policía Local ha puesto en marcha en la ciudad de Cádiz tras la Semana Santa dos campañas: por un lado, una de control de patinetes eléctricos, con especial incidencia en las calles de uso exclusivo peatonal; y otra campaña específica de vigilancia y control de la presencia de perros en las playas, lo que se encuentra actualmente prohibido por la normativa.

La primera de las iniciativas responde a la detección de un aumento de personas que recurren a vehículos de movilidad personal (VMP) “haciendo un uso inadecuado del mismo”, así como de conductas que “se encuentran prohibidas por las distintas normas reguladoras de la conducción y que ponen en riesgo tanto al resto de usuarios de las vías como a las propias personas conductoras de estos vehículos”.

Por ello, desde la Policía se recuerda en la nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz que las normas generales de utilización de estos patinetes de moda prohíben su circulación en las aceras, plazas, parques, jardines y demás espacios reservados con carácter exclusivo para el tránsito, estancia y esparcimiento peatonal. Igualmente, sus usuarios tienen que obedecer las señales de circulación, evitando en todo momento la realización de maniobras que puedan afectar a la seguridad del resto de ciudadanos.

Además, la edad mínima permitida para circular con un vehículo de movilidad personal es de 15 años. Y son unipersonal, quedando prohibido su uso por más de una persona o para llevar animales animales, al igual que circular con el perro sujeto por la correa. Los VMP no pueden circular agarrados a otros vehículos en marcha y, además, deben llevar instalados obligatoriamente los elementos de seguridad debidamente homologados que exija la normativa.

 

NI MÓVIL, NI AURICULARES, NI PERROS, NI DROGAS

De la misma forma, desde el Ayuntamiento se refresca que las personas conductoras de este tipo de vehículos tienen las mismas obligaciones y restricciones que el resto de conductores en lo que se refiere al consumo de alcohol o estupefacientes. Entre otras restricciones, destaca la prohibición de conducir utilizando manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción, incluidos auriculares para escuchar música.

Tampoco se puede circular por las calzadas abiertas al tráfico de vehículos a motor, con excepción de aquellas calles limitadas a velocidad de circulación igual o inferior a 20 kilómetros por hora o en los viales públicos o zonas autorizadas expresamente. Siempre que el diseño de la vía lo permita, se debe circular manteniendo un metro de distancia mínima respecto de la línea de fachada.

Estos patinetes eléctricos pueden circular por los carriles bici no segregados del espacio peatonal y acera-bici sin superar la velocidad máxima de 10 km/h. Por los carriles bici sobre la calzada, segregados del espacio peatonal, sin superar la velocidad máxima de 20 km/h, excepto mayor limitación de la vía. Por las sendas ciclistas que pudiesen existir señalizadas como tal, sin superar la velocidad máxima de 20 km/h, excepto mayor limitación de la vía. Por calles limitadas a velocidad igual o inferior a 20 km/h, sin superar los 20 Km/h o limitación inferior de la vía y siempre en el sentido de circulación autorizado, siempre y cuando no exista vía ciclista en dichas calles.

La Policía Local advierte de que podrá retirar de la circulación o inmovilizar aquellos patinetes que incumplan la normativa, así como por motivos de seguridad, de interés general ciudadano o cuando se considere que dicho vehículo se encuentra abandonado.

LOS PERROS NO PUEDEN BAJAR A LA PLAYA

Por otra parte, ante el inicio de la pretemporada de playas (desde principios de abril) y el aumento de afluencia de personas a las mismas, la Policía ha activado una campaña específica de vigilancia y control de acceso de perros a la arena, recordando que en la ciudad está prohibido por la normativa vigente.

“La presencia y permanencia de cualquier tipo de animal doméstico en la playa está prohibido durante todo el año, pudiendo llevar aparejada la correspondiente sanción”, se reitera. En la nueva ordenanza de playas que se presentaba meses atrás sí se contempla que se pueda bajar al perro en invierno, pero la misma todavía no se ha aprobado definitivamente y por lo tanto no ha entrado en vigor.

Eso sí, se precisa que sí está permitida la presencia de perros guías o destinados al salvamento y auxilio cuando las circunstancias así lo aconsejen, sin perjuicio de la responsabilidad de su propietario para evitar molestias o riesgos al resto de personas usuarias de la playa.

Las multas por estar con el perro en la arena están tipificadas en la normativa como faltas leves, pudiendo acarrear infracciones de los 100 hasta los 750 euros. Además, su dueño es responsable de los daños, molestias y perjuicios que ocasione a las personas, cosas y al medio en general.

Tags: AyuntamientoCádizPolicía Local
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